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Se crea el Sistema de Certificación Electrónica de Tiempos Laborados (CETIL) para el Reconocimiento de Pensiones.



Siguiendo los lineamientos señalados por la Corte Constitucional, en donde se ha exhortado a los Ministerios de Hacienda y del Trabajo, para que se adopten  las medidas y herramientas necesarias para mejorar la calidad de las historias laborales con el fin de que estas resulten completas, unificadas y actualizadas, el Gobierno Nacional mediante el Decreto 726 de 2018 crea el Sistema de Certificación Electrónica de Tiempos Laborados (CETIL) con destino al reconocimiento de prestaciones pensionales.

Dicho Decreto sera aplicable a todas aquellas alas entidades obligadas a certificar tiempos laborados o cotizados y salarios con destino a la emisión de bonos pensionales, cuotas partes pensionales, al reconocimiento de prestaciones pensionales y cualquier otro tipo de mecanismo de financiación de pensiones, dentro de estas se encuentran:
  • Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS),
  • La Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y las demás Administradoras del Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM), 
  • la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (UGPP)
  • Las demás entidades encargadas del reconocimiento de prestaciones pensionales
  • La Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (OBP)
  • Las demás entidades encargadas del reconocimiento de prestaciones pensionales
En relación a la expedición de certificación de tiempos laborados y salarios, las entidades cuentan con un plazo máximo de 15 días hábiles para la entrega de las mismas, las cuales no tendrán costo alguno para el solicitante, afiliado o interesado que la requiera.

Conozca aquí el Decreto en mención:


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