Ticker

8/Opinión/ticker-posts

Choque de trenes entre la Sala Civil y la Sala Laboral de la CSJ



En un reciente fallo de tutela proferido por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, se dio un revés al precedente fijado por la Sala Laboral de la misma Corte, pues contrario a lo señalado por la Sala especializada, la condición mas beneficiosa no aplica respecto de la norma inmediatamente anterior sino que es posible acudir a un salto normativo a otra norma que preceda.

Para ilustrar sobre el asunto, debe afirmarse que se inició un  proceso en contra de la AFP protección en la cual se reclamaba la pensión de sobrevivientes con base en lo dispuesto en el Acuerdo 049 de 1990 aprobado por el Decreto 758 de 1990 , con ocasión al fallecimiento de un trabajador en el año 2005, proceso que culminó con la absolución de las demandadas, entre otras por no acaecer la condición mas beneficiosa pues la norma inmediatamente anterior a la Ley 797 de 2003,  es la Ley 100 de 1993 en su texto original y no se dieron los presupuestos para dar reconocimiento a la pensión de sobrevivientes.

Con ocasión a ello, se interpuso acción de tutela que en primera instancia negó las pretensiones y en segunda con el fallo se la Sala Civil de la CSJ se tutelaron los derechos de los accionantes, dejando sin efectos la sentencia de casación emitida por la Sala Laboral y en su lugar se ordenó a la AFP a emitir una resolución conforme a lo estipulado en el fallo de tutela.

La anterior, es una situación atípica, en primer lugar por que trasgrede el precedente fijado por la Sala Laboral y en segundo lugar es antitécnica pues al dejar sin efectos el fallo de casación, no indicó si se emitía una sentencia de reemplazo o en que estado quedaba el proceso actual.

Esperamos que dicha situación sea corregida.

La sentencia en comento, se encuentra a continuación, si desea descargarla haga clic aquí

Publicar un comentario

0 Comentarios