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MinSalud: Lineamientos que deben seguir las empresas exceptuadas


Con ocasión al Decreto 457 de 2020 que estableció  la cuarentena nacional exceptuó 34 actividades que pueden seguir operando en el país, sin embargo, el Ministerio de Salud y Protección Social dio a conocer mediante su Boletín de Prensa numero 101 del 27 de Marzo de 2020, algunas de las medidas de seguridad que deben seguir los trabajadores domiciliarios, sin embargo y una vez consultada la pagina web de dicha entidad los lineamientos no se limitan únicamente a tales trabajadores, pues tienen medidas concretas frente a todas aquellas actividades exceptuadas, las cuales determinaremos a continuación:

Recomendaciones generales para todo el personal que realiza asistencia social: 

  En lo posible el personal que realice actividades de asistencia social deben gozar de buena salud y no presentar enfermedades crónicas o que afecten su respuesta inmunitaria. 

• Uso de Elementos de Protección Personal – EPP como mascarilla (tapabocas convencional), protección para los ojos (gafas o caretas) y guantes desechables.

• Para la protección de los ojos, se sugiere el uso de gafas de montura universal con protección lateral, para evitar el contacto de la conjuntiva con superficies contaminadas, por ejemplo: contacto con manos o guantes. 

• La correcta colocación de los EPP es fundamental para evitar posibles vías de entrada del agente biológico; igualmente importante es la retirada de los mismos para evitar el contacto con zonas contaminadas y/o dispersión del agente infeccioso. 

• Los elementos de protección respiratoria deben quitarse en último lugar, tras la retirada de otros componentes como guantes y protectores de ojos, entre otros.

• Revise que los guantes no se encuentren rotos para evitar filtraciones de secreciones u otro elemento que pueda favorecer el contagio. En caso de ruptura, realice el cambio. No permita que las manos estén descubiertas. 

• Para el caso de las tareas de limpieza y desinfección de superficies que hayan estado en contacto con pacientes, para actividades de mensajería o conducción de vehículos de transporte público, puede optarse por guantes más gruesos o de caucho. 

• Después del uso, debe asumirse que los EPP y cualquier elemento de protección empleado pueden estar contaminados y convertirse en nuevo foco de riesgo. Por lo tanto, un procedimiento inapropiado de retirada puede provocar la exposición del usuario. 

• Los empleadores y contratantes deben elaborar e implementar una secuencia de colocación, uso y retiro de todos los equipos detallada y predefinida, cuyo seguimiento debe controlarse. 

• Los EPP deben colocarse antes de iniciar cualquier actividad probable de causar exposición y ser retirados únicamente después de estar fuera de la zona de exposición. 

• Se debe evitar que los EPP sean una fuente de contaminación, por ejemplo, dejándolos sobre superficies del entorno una vez que han sido retirados.

Personal Que Realiza Entregas A Domicilio:

  Antes de tomar los productos, se deben aplicar las medidas de higiene de manos y luego colocarse los guantes. En caso de no tener la posibilidad de lavarse las manos con agua y jabón, use un desinfectante para manos a base de alcohol glicerinado.

• Los establecimientos de comercio que prestan servicios de domicilio, en la medida de lo posible deben solicitar el pago de los productos por medios virtuales, para reducir la exposición por contacto. 

• Las personas que presten el servicio no deben ingresar a los lugares de residencia para realizar la entrega. Deje los productos a entregar en la puerta del domicilio. Evite al máximo el contacto físico. 

• Debe evitarse el uso de datafonos para pago con tarjetas de crédito o débito, si lo hace deberá lavarse las manos con agua y jabón inmediatamente después de su uso.

• Si requiere recibir dinero en efectivo garantice que el dinero sea depositado en bolsa plástica y lo correspondiente si es necesario devolver dinero a cambio. Al terminar el servicio retire y deseche los guantes utilizados y realice lavado de manos con agua y jabón para ponerse guantes nuevos. 

Servicios De Transporte Público:

  Para el caso de conductores, realizar limpieza exhaustiva a base de agua, hipoclorito de sodio en la concentración conocida de uso doméstico o comercial al 5%, o productos desinfectantes en el interior de los vehículos, con mayor atención en cerraduras de las ventanas, barras de sujeción, timbres, asientos, manijas, cinturones de seguridad, seguros, puertas, descansabrazos y cabeceras. La limpieza se deberá contemplar por lo menos al finalizar cada viaje, por lo que será necesario contar con instrumentos básicos y productos de limpieza.

 Al realizar las labores de limpieza e higiene deberá protegerse con guantes. Una vez que termine deberá desechar los guantes de forma segura en un contenedor de residuos y aplicar el protocolo de lavado de manos. 

En el Sistema de transporte público las ventanillas deben estar completamente abiertas, para favorecer la circulación de aire.

 Se sugiere colocar avisos para los pasajeros, que informen sobre sobre el protocolo de lavado de manos, protocolo higiene adecuada de las manos, el protocolo de estornudo, no tocarse la cara y otras formas de saludar. Dicha información deberá ser consultada en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social.

 En caso de tener aire acondicionado, deberá tener revisión y mantenimiento adecuado.

Servicios de Seguridad y Vigilancia:

 Mantenga al menos 1,5 metros de distancia entre usted y las demás personas, especialmente aquellas que estornuden, tosan y/o tengan fiebre. 

• Realizar limpieza de superficies de trabajo, intercomunicadores, manijas de puertas y demás elementos con productos a base de agua con hipoclorito o productos desinfectantes. 

• Al realizar las labores de limpieza e higiene deberá protegerse con guantes. Una vez que termine deberá desechar los guantes de forma segura en un contenedor de residuos y aplicar el protocolo de lavado de manos.

• Si requiere manipular elementos como cuadernos, lapiceros, correspondencia, intercomunicadores o abrir y cerrar puertas, realice lavado de manos con agua y jabón. No olvide que debe hacerlo cada vez que realice cada una de estas acciones.

Establecimientos de Comercio y Servicios de Primera Necesidad:

• Se sugiere colocar avisos para los pasajeros, que informen sobre sobre el protocolo de lavado de manos, protocolo higiene adecuada de las manos, el protocolo de estornudo, no tocarse la cara y otras formas de saludar. Dicha información deberá ser consultada en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social.  

• Se debe garantizar la rotulación en espacios visibles de los protocolos de tos, estornudo y lavado de manos y otras formas de saludar.

• Las superficies que se tocan con frecuencia (pasamanos, carros de compra, pomos de puertas, fichas de parqueo, ascensores, escaleras eléctricas, entre otros), deberán ser con productos a base de agua con hipoclorito o productos desinfectantes. 

• Para el uso de los trabajadores, equipar las instalaciones y servicios sanitarios con papel higiénico, agua potable, jabón para lavado de manos, alcohol glicerinado y toallas de papel para el secado de manos. 

• Las superficies del baño y el inodoro deberán ser limpiadas con material desechable y desinfectadas diariamente con un desinfectante doméstico con productos a base de agua con hipoclorito o productos desinfectantes.

• Los trabajadores encargados de la limpieza deberán protegerse con guantes mientras realizan las labores de limpieza e higiene. Tras efectuar la limpieza se deberán realizar higiene de manos. 

• En caso de tener aires acondicionados los mismos deberán tener revisión y mantenimiento adecuado con bitácora visible al público de su realización.

• Los carritos y bandejas utilizadas por los usuarios en las compras deben ser lavados y desinfectados una vez al día, además se debe de disponer de desinfectante para que los clientes que deseen limpiar tengan acceso a los productos.

Es menester recordar que en caso de omitir las directrices emanadas por las entidades competentes con el fin de prevenir epidemias, podrá dar lugar a prisión de 1 a 3 años de conformidad con lo dispuesto en el articulo 368 del Código Penal y multas de hasta 10.000 salarios mínimos diarios legales vigentes ($292.601.000) de conformidad con lo dispuesto en el articulo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 760 de 2016.

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