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¿Fin de la Pensión de Alto Riesgo?


El Ministerio del Trabajo pretende resolver la vigencia del régimen especial de pensión por actividades de alto riesgo mediante la expedición de la Resolución 6072 del 26 de diciembre de 2024. Este acto administrativo busca adoptar los lineamientos establecidos por la Corte Constitucional en el año 2015, frente al análisis de exequibilidad del artículo 8.º del Decreto Ley 2090 de 2003, encargado de definir el límite de vigencia de dicho régimen especial en pensiones.

Para la expedición de la Resolución 6072, el Ministerio del Trabajo toma como referencia parcial la Sentencia 651 de 2015, retomando la reflexión de la Corte Constitucional sobre el término de vigencia complejo definido para este régimen especial. Se recuerda que inicialmente se tenía previsto que la normatividad relacionada con la pensión de alto riesgo se extendería únicamente hasta el 31 de diciembre de 2014, con la posibilidad de ampliarse hasta por 10 años más, siempre que se cumplieran las siguientes condiciones:

i) Que el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales conceptuara sobre la necesidad de ampliar el plazo debido a la persistencia de actividades de alto riesgo que impactan la expectativa de vida saludable de los trabajadores, y

ii) Que se emitiera un decreto administrativo indicando la extensión del término inicial, ratificando así el concepto del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales.

Estas condiciones se cumplieron, y mediante el Decreto 2665 de 2014 se amplió la vigencia del régimen especial de pensiones para actividades de alto riesgo hasta el 31 de diciembre de 2024. Hasta ese punto, todo parecía claro; sin embargo, recientemente se prolongó indefinidamente la vigencia de este régimen mediante la Resolución 6072 del 26 de diciembre de 2024, al establecer que quienes estén afiliados en esa fecha continuarán cobijados por el régimen especial.

Adicionalmente, la resolución estipula que los empleadores de actividades de alto riesgo “podrán mantener las cotizaciones pensionales actuales de los trabajadores vinculados a partir del 1.º de enero de 2025”. Esto, a pesar de que la misma Sentencia de la Corte Constitucional, utilizada como base para la expedición de la resolución, señaló que los beneficios de la pensión por actividades de alto riesgo “no se extenderán a quienes se vinculen a dichas actividades después del 31 de diciembre de 2024”.

En este contexto, la Resolución 6072 de 2024 genera más dudas que respuestas, mientras que la comunidad laboral observa sustentos incompletos y posibles intentos de suplantar a los representantes democráticamente elegidos. Todo esto sin mencionar las eventuales infracciones constitucionales y legislativas que podrían estar ocurriendo.

Maria Cristina Londoño Rubio

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