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Sala Laboral define el alcance del artículo 30 de la Ley 1393 de 2010


Mediante sentencia SL5159-2018 la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia define el alcance del artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 que establece la obligación de realizar aportes a seguridad social sobre los pagos no salariales que exceden el 40% del ingreso del trabajador.

Debe recordarse que dicho articulo señala: 

ARTÍCULO 30. Sin perjuicio de lo previsto para otros fines, para los efectos relacionados con los artículos 18 y 204 de la Ley 100 de 1993, los pagos laborales no constitutivos de salario de las trabajadores particulares no podrán ser superiores al 40% del total de la remuneración.

La anterior normatividad fue interpretada en un inicio por entidades como la UGPP y algunos abogados litigantes, como una salarización inmediata de pagos no salariales, es decir, consideraron que los pagos no salariales que excedieran el 40% anteriormente señalado, ademas de ser base para aportes a seguridad social, debían considerarse como salariales para todos sus efectos, sin embargo dicha interpretación desborda los alcances de la norma, pues la Sala afirma:

A juicio de la Corte, la citada norma, inscrita en el capítulo de la Ley 1393 de 2010 sobre “medidas de control a la evasión y elusión de cotizaciones y aportes”, no modifica el concepto de salario definido en el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo. 

El precepto bajo análisis, se limita a prohibir que los pagos no constitutivos de salario excedan el 40% del total de la remuneración para efectos de determinar el ingreso base de cotización al sistema de seguridad social. Nótese que la regla deja a salvo “lo previsto para otros fines”, al tiempo que circunscribe esta prohibición “para los efectos relacionados con los artículos 18 y 204 de la Ley 100 de 1993”, esto es, el IBC de la seguridad social. 

Quiere decir lo anterior que el artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 no es una autorización para desalarizar hasta el 40 % de la remuneración del trabajador. El régimen del salario, su concepto y sus elementos, siguen gobernados por los artículos 127 y 128 del Código Sustantivo del Trabajo, que lo conciben como toda remuneración que percibe el trabajador por la prestación del servicio. De manera que, bien puede ocurrir que en virtud del principio de la primacía de la realidad (art. 53 CP) se determine que ciertos emolumentos, inferiores al 40% del total de la remuneración, son salario porque retribuyen directamente la fuerza de trabajo.

En este caso, el recurrente se concentra en demostrar que el total de los pagos no retributivos, excedían el 40%, lo que a su juicio lleva a considerar que el auxilio de rodamiento es salario. Se acaba de explicar que el artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 no tiene relevancia en la definición de lo que es o no es salario, de manera que su ataque es ineficaz de cara a su propósito.

De lo anterior puede concluirse que el verdadero alcance de la norma, se contempla en las siguientes características:
  • La noma no modifica el concepto de salario
  • Se limita a prohibir que los pagos no constitutivos de salario excedan el 40% del total de la remuneración para efectos de determinar el ingreso base de cotización al sistema de seguridad social.
  • No es una autorización para desalarizar hasta el 40 % de la remuneración del trabajador.
Encuentre la sentencia en comento a continuación, descarguela haciendo clic aquí.

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