La creación del Permiso Especial Temporal de Trabajo (PETT) como instrumento migratorio para fomentar la formalización laboral de ciudadanos venezolanos que se encuentren en condición migratoria irregular, es el nuevo mecanismo establecido en el Proyecto de Decreto del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Trabajo de Colombia, que se adicionaría al Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.
Tener cédula de identidad o pasaporte
venezolano, así se encuentren vencidos.
Buen comportamiento, es decir, no
tener antecedentes judiciales ni ser sujetos de medida administrativa de
expulsión o deportación vigente.
Ser titular de una oferta de
contratación o vinculación laboral veraz por parte de un contratante o
empleador (carta de compromiso de contratación o vinculación).
¿QUIEN SOLICITA LA EXPEDICIÓN DEL
PETT?
El contratante o empleador, ante la
Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo del Ministerio del Trabajo,
presentando la oferta de contratación o vinculación laboral, mediante una carta
de compromiso de contratación o vinculación en el formato que ese
Ministerio deberá establecer.
El Ministerio del Trabajo, tras
verificación de la información de bases de datos institucionales, enviará
reporte a Migración Colombia sobre la carta de compromiso de contratación o
vinculación como soporte previo para la expedición del PETT.
No es documento de viaje. No reemplaza
el pasaporte.
Sirve como documento de identificación
en Colombia, en tanto se exhiba con el pasaporte o con el documento Nacional de
identidad venezolano.
Está dirigido a ciudadanos venezolanos
que, además de cumplir con las características antes descritas, se encuentren
en Colombia sin la intención de establecerse. Por tanto, el PETT no equivale a
una visa, no presupone domicilio, ni su vigencia es válida para acreditar
acumulación de tiempo para visa de Residencia.
Su titular quedará autorizado para
ejercer únicamente la ocupación o actividad establecida en la carta de
compromiso de contratación o vinculación. De manera que, si se presenta un
cambio en ese sentido, deberá solicitarse un nuevo PETT.
Su expedición no exime a su titular
del cumplir con las obligaciones relacionadas con el ejercicio de profesiones
reguladas en Colombia.
VIGENCIA DEL PETT
Tendrá la misma duración del contrato
o de la vinculación laboral, que no podrá ser menor a 6 meses ni superior a 2
años.
Se podrá renovar por una sola vez.
No obstante, el PETT pierde vigencia
automáticamente si transcurridos 30 días calendario, a partir de su expedición,
no se acredita afiliación del ciudadano extranjero al Sistema General de
Seguridad Social colombiano; así como el respectivo reporte de vinculación, por
parte del contratante o empleador, en el SIRE[1]
de Migración Colombia y en el RUTEC[2] del
Ministerio de Trabajo, dentro de los 15 días calendario siguientes a la
ocurrencia de ese hecho.
De otra parte, el PETT podrá ser
cancelado por la autoridad migratoria por incumplimientos migratorios, por
infracciones legales o contractuales, por finalización del vínculo contractual
o por otorgamiento de un visado.
OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE O
EMPLEADOR
Solicitar la expedición de un nuevo
PETT en caso de presentarse cambio de ocupación o activad del ciudadano
extranjero.
Reportar al SIRE de Migración Colombia
y al RUTEC del Ministerio de Trabajo cualquier modificación o la finalización
del vínculo contractual dentro de los 15 días calendario siguientes a la
ocurrencia de la novedad.
Resulta lógico que, por su finalidad,
el PETT deba ser regulado conforme la normatividad laboral. Por lo tanto, los
respectivos mecanismos y condiciones serán establecidos mediante anexo técnico,
según se señala en el proyecto de Decreto.
Si bien es una buena herramienta para
combatir las precarias condiciones de trabajo de los migrantes venezolanos, su
éxito dependerá en gran medida en que todas las entidades que tienen
participación activa en el estudio de la solicitud y expedición del PETT así
como aquellas entidades ante las cuales se deba adelantar gestiones de
afiliación o de registro, esten preparadas para recibir y gestionar de
manera oportuna un gran número de solicitudes. Por ejemplo, es conocido
que, desde su instalación, la plataforma de registro RUTEC ha presentado
inconvenientes para hacer activaciones en tiempo de los obligados a usarla.
Solo de esa manera el PETT lograría la
finalidad de formalización de los ciudadanos venezolanos en el mercado laboral
colombiano.
Autor.
Abogada de la Universidad Santo Tomas
Especialista en Derecho Laboral y Administrativo de la Universidad del Rosario
[1] Sistema de Información de Registro de
Extranjeros.
[2] Registro Único de Trabajadores Extranjeros
en Colombia
1 Comentarios
Buenas tardes a partir de que fecha entra en vigencia esta modalidad de empleo
ResponderEliminar