Mediante Resolución
1461 de 11 de agosto de 2020, el Ministerio del Trabajo aprobó el giro de más
de veintiún mil millones de pesos ($21.806.720.000), con destino al pago
de los auxilios para trabajadores que estuvieron suspendidos durante los meses
de abril y mayo de 2020.
Con la
autorización, se beneficiarán aquellos trabajadores que durante los meses de
abril y mayo de 2020, tenían reportada en las planillas PILA de estos meses, la novedad SNL por parte de
sus respectivos empleadores, cuyo IBC estaba reportado en hasta cuatro (4)
salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre y cuando no estuviesen
recibiendo beneficios de otros programas de subsidios por parte del Estado.
La transferencia
monetaria corresponderá a la suma de ciento sesenta mil pesos ($160.000) por
cada mes de suspensión y el pago se hará directamente a través de distintos
bancos, luego de elaboradas las listas de trabajadores suspendidos y con acceso
a servicios financieros de depósito activos elaboradas por la UGPP. La
dispersión procederá dentro de los cinco días siguientes a la recepción de
recursos por parte de los establecimientos bancarios y dentro del mismo término
los establecimientos deberán informar al Ministerio del Trabajo los giros
realizados adjuntando una certificación del revisor fiscal. En caso de que los
recursos no puedan ser dispersados, los establecimientos financieros deberán
reintegrar los recursos recibidos.
Por último, es
importante precisar que en el trámite para el pago de los auxilios a
trabajadores suspendidos, no media en ningún escenario el empleador, de modo
que los bancos realizarán directamente las transferencias a las personas
beneficiarias que cumplan con las características y requisitos necesarios para
ser beneficiarios del Auxilio Monetario para Trabajadores Suspendidos.
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