Objeto del
curso:
Con la expedición del Decreto 160 de 2014, que reglamenta la Ley 411 de
1997, se dio paso al procedimiento para la negociación de empleados públicos, la
cual cuenta con una técnica especial para su desarrollo, por lo cual es de
vital conocimiento tanto para los representantes de las entidades como las
organizaciones sindicales.
Por ello, hemos construido este curso a fin de que los interesados
adquieran las competencias necesarias para lograr un acuerdo colectivo sin fallar
en el intento.
Dirigido a:
Responsables de las entidades públicas, trabajadores, sindicatos y demás
interesados, que deseen abordar una negociación colectiva desde una visión estratégica,
con la adquisición de competencias teóricas y su reflejo en la realidad.
Metodología:
El curso se dictará de forma virtual, mediante clases en vivo de carácter teórico
y práctico, en las que se abordarán las siguientes temáticas:
1. Principios y concepto de la negociación colectiva
2. Decreto 160 de 2014, límites y objeto.
3. Paso a paso de la negación
4. Construcción de pliegos
5. Técnicas de negociación y persuasión
6. Casos prácticos y recomendaciones
La intensidad horaria será de 8 horas, divida en dos clases de 4 horas, las cuales se realizarán los días sábados en horas de la tarde.
Docentes:
El curso será dictado por abogados consultores y litigantes expertos en
derecho laboral, que se han desempeñado por más de cinco años al servicio de
las empresas, los cuales se darán a conocer al inicio del curso.
Inversión:
El valor para el
año 2023 es de $200.000 IVA incluido.
Método de
pago:
El método de pago
es virtual a través de la plataforma PAYU Colombia, lo que implica que puede
realizarse a través de tarjeta débito, crédito, tarjeta Codensa, oficinas SuRed,
y en los bancos de
Bogota, Davivienda y Bancolombia.
Inicio del
Curso:
El presente curso, se encuentra en fase de preinscripción y se apertura una
vez se llegue al número mínimo de estudiantes, diligencia el siguiente
formulario si estas interesado y te avisaremos cuando inicie.
El pago de la inscripción solo debe hacerse hasta tanto se confirme el inicio de la actividad.
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