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Trabajo Agropecuario #ReformaLaboral

En la reforma laboral, se plantea la formalización del trabajo agropecuario, para ello inicialmente se expone la definición de este, de la siguiente manera:

Hay contrato de trabajo agropecuario cuando el trabajador o trabajadora labora en la ejecución de tareas propias de la actividad agropecuaria en toda la cadena de producción primaria, sin perjuicio de su reconocimiento como persona campesina; comprenderá aquellas actividades permanentes, transitorias, estacionales en virtud de los ciclos productivos o de temporada, continuas o discontinuas.

De igual manera contempla la presunción de esta modalidad en todas las actividades de la cadena de producción primaria, la cual esta encaminada a la obtención de productos pecuarios, agrícolas, forestales, hortícolas, acuícolas, apícolas u otros semejantes.

Se destina que si las labores se mantienen por mas veintisiete semanas continuas, se entenderá que el contrato se pactó a término indefinido y se indica que en caso de que se trabaje de manera cíclica, por temporada o de forma periódica, existe derecho preferente del trabajar para ser recontratado.

En todo caso, se precisa que aquellas empresas agroindustriales no les aplica esta modalidad.

Por otro lado se crea la figura de jornal agropecuario que es una especie de salario integral, de menor valor, que permite un pago diario que incluye prestaciones, por valor del 30% del salario del día más un 4% por subsidio familiar., los cuales no se tendrán en cuenta para aportes a seguridad social, sin que se incluya en el mismo concepto, las vacaciones o el trabajo suplementario.

Finalmente, se contemplan garantías para el trabajador rural que habita en el lugar de trabajo con su familia, los cuales son: i) garantía de condiciones locativas mínimas (agua potable y servicios sanitarios); ii) la obligación de realizar las reparaciones necesarias cuando deriven de fuerza mayor o caso fortuito; y iii) un botiquín de primeros auxilios.

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