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¿Volveremos a la justicia presencial en el proceso laboral?

El actual proceso laboral, regulado por el Ley 2213 del 2022 implementó la virtualidad en la administración de justicia, como producto de la contingencia del COVID-19. Sin embargo, recientemente, la Corte Constitucional en Sentencia C-134 de 2023 determinó al estudiar de fondo el proyecto de Ley Estatutaria Administración de Justicia 295 de 2020 Cámara – 475 de 2021 Senado, que: el Juez en la justicia civil, de familia y contenciosa administrativa deberá decidir si realiza práctica de pruebas de forma virtual o presencial. Pero, en justicia penal, el juicio oral, deberá hacerse presencialmente.


Aunque, si bien en lo que se conoce de la decisión de la Corte Constitucional no se ha nombrado el proceso laboral como sujeto de este cambio, analicemos las implicaciones que traería su aplicación. Inicialmente, la virtualidad para la práctica de pruebas en el proceso laboral no sería la regla general, sino el Juez en cada caso es quien deberá definir si la audiencia de juzgamiento establecida en el artículo 80 del CPL se realizará de manera virtual o presencial.


Ahora bien, la probabilidad de la presencialidad frente a los procesos especiales que regula el Código de Procedimiento Laboral y que se concentran en una sola oportunidad podría ser particularmente alta, pues todas las etapas del artículo 77 y 80 del CPL –incluida la práctica de pruebas- en principio se tienen destinadas para ser practicadas una vez se cita a audiencia, como ocurre con los procesos de Fuero Sindical, Acoso Laboral y otros.


En mi concepto, la decisión de acabar con la virtualidad –en su totalidad o solo en la práctica de pruebas- en la especialidad laboral implicaría: un retroceso en la modernización del sistema judicial colombiano que incluso debería fortalecer las virtudes de las nuevas tecnologías como por ejemplo la del metaverso, además de una regresión de la justicia digital como un medio incluyente para la sociedad colombiana. Esto último se manifiesta en que, la presencialidad podría ser un obstáculo para trabajadores y empresas que, por condiciones geográficas, económicas y de tiempo no podrían asistir a audiencias de manera presencial, desconociendo que la virtualidad ha demostrado ser una herramienta eficaz para garantizar el acceso a la justicia. 


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