Como se había notificado tiempo atrás por parte del Viceministro de Relaciones Labores, el Ministerio de Trabajo venía realizando ajustes a una nueva regulación que dejará sin efectos aquellas autorizaciones indefinidas que se otorgaron en su momento por parte de dicha cartera a fin de que las mismas deban ser renovadas de forma periódica.
Al respecto, debe recordarse que
el numeral 2º del artículo 162 del Código Sustantivo de Trabajo, estableció la
obligación de contar con una aprobación previa del Mintrabajo, para poder
ejecutar actividades suplementarias, por lo que en su tiempo, esta entidad
aprobaba dichas labores, pero de forma indefinida, no fue hasta después del año
2014, cuando empezaron a tener un límite de un año y posteriormente de dos.
Con el fin de acabar con estas autorizaciones perpetuas se expidió la Resolución 3031 de 2023, que establece que estas perderán su vigencia en seis meses, esto es el 30 de febrero de 2024, por lo que los empleadores deberán iniciar el trámite respectivo en el menor tiempo posible.
Haga clic aquí para ver la Resolución
De otro lado, se advierte que se pretende modificar el tramite para permitir la participación de trabajadores.
Una bonita coincidencia. Hoy la Corte Constitucional dice que el descanso es un derecho humano.
— Edwin Palma Egea (@PalmaEdwin) August 30, 2023
Al mismo tiempo nosotros publicamos la resolución 3031 de 2023 donde orientamos a empleadores que tienen autorización para laborar horas a que las actualicen y preparamos una circular… https://t.co/6yEeOQCWkD
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