
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución 1491 de 2025, mediante la cual reglamenta la obligación prevista en el artículo 6 de la Ley 2173 de 2021, que impone a las empresas medianas y grandes la siembra mínima de dos árboles por cada trabajador de forma anual.
Aunque la norma había sido establecida en 2021, su aplicación dependía de la reglamentación por parte del Ministerio. Esta solo fue expedida recientemente, luego de una orden judicial que exigió su cumplimiento.
Esta nueva reglamentación contempla los siguientes aspectos:
Empresas obligadas
La medida aplica exclusivamente para las empresas medianas y grandes. Las micro y pequeñas empresas podrán cumplirla de manera voluntaria.
Para determinar la categoría de cada empresa, deberán verificarse los rangos de ingresos anuales definidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, conforme a los parámetros de clasificación empresarial vigentes.
Forma de cumplimiento
Cada municipio o distrito deberá establecer las denominadas “Áreas de Vida”, zonas destinadas a la siembra de árboles, las cuales serán publicadas a través de los canales oficiales de las autoridades ambientales y del Ministerio de Ambiente.
Las empresas deberán comunicar por escrito la elección del área o áreas de vida en las cuales desarrollarán su programa de siembra. Dicha comunicación debe incluir el número de trabajadores vigentes al 31 de diciembre del año anterior, excluyendo a menores de edad, empleados en periodo de prueba, contratistas y trabajadores en misión. Además, deberán adjuntarse los demás documentos exigidos en el artículo 14 de la Resolución 1491 de 2025.
Una vez aprobado el programa, las empresas tendrán un plazo de un año para su implementación.
Modalidades de cumplimiento
La norma permite cumplir con la obligación de manera individual o en asociación con otras empresas. También podrá realizarse a través de fundaciones u organizaciones sociales debidamente habilitadas, siempre dentro del marco de los mecanismos legales vigentes.
Informes y certificaciones
Las empresas deberán presentar un informe de cumplimiento ante la autoridad ambiental correspondiente. Una vez verificado el desarrollo de la siembra, el municipio o distrito expedirá un certificado de cumplimiento ambiental para la compañía.
Los trabajadores que participen activamente recibirán un certificado denominado “Siembra Vida – Buen Ciudadano”. Este reconocimiento permitirá acceder, por una sola vez, a descuentos entre el cinco y el diez por ciento en diversos trámites, como el pago de servicios públicos domiciliarios, la expedición de la tarjeta profesional, los certificados de tradición y libertad o las copias de registros civiles, entre otros.
Estos beneficios están contemplados en el artículo 5 de la Ley 2173 de 2021 y buscan incentivar la participación ciudadana en los programas de restauración ambiental.
Para conocer mas, te invitamos a conocer la Resolución en el siguiente enlace: https://sidn.ramajudicial.gov.co/SIDN//NORMATIVA/TEXTOS_COMPLETOS/8_RESOLUCIONES/RESOLUCIONES%202025/MADS%20Resolucion%201491%20de%202025.pdf
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