Ticker

8/Opinión/ticker-posts

Se prohibiría despedir al trabajador cuyo cónyuge o compañera se encuentre desempleada

                                                                    Designed by Freepik

En un proyecto de Ley recientemente publicado se busca prohibir el despido sin justa causa de aquel trabajador cuyo cónyuge o compañera permanente se encuentre desempleado, estableciendo las siguientes reglas:

  • Para obtener el beneficio el trabajador deberá dentro de los 8 días siguientes al despido del cónyuge o compañero permanente, entregar a su empleador constancia de dicho despido.
  • La protección de que trata dicho proyecto de ley, busca que no pueda ser despedido el trabajador que acredite dicha situación por un periodo de seis meses.
  • Para proceder con el despido del trabajador, se requiere la autorización previa del Ministerio del Trabajo, la cual solo puede estar sustentada en una justa causa, impidiendo de este modo que pueda terminarse por las causales establecidas en el articulo 61 del Código Sustantivo del Trabajo, pues solo son validas las consagradas en los artículos 62 y 63 de dicha normatividad.
  • En caso de que el trabajador sea despedido tiene derecho al pago de una indemnización adicional de 30 días de salario, concepto que a juicio de este portal contraria el objeto de dicha norma, pues si la finalidad es la de prohibir un despido la consecuencia no debe ser el pago de una indemnización adicional, máxime si se trata de la existencia de una justa causa.

Por ultimo, es de concluirse lo reiterado por este portal con la búsqueda a través de diferentes mecanismos de eliminar la facultad de dar por terminado un contrato de trabajo sin justa causa (vease ¿Un Nuevo FUERO de Estabilidad Laboral Reforzada? y Corte limita la facultad de terminar unilateralmente un contrato de prestación de servicios)

Encuentre a continuación el proyecto de Ley, en caso de no poder visualizarlo haga clic aquí.

Publicar un comentario

0 Comentarios